01_Forma registra y asume JDC-031/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, promovido por Efraín Rodelas Bustillos y César Omar Sánchez García,  quienes aducen contar con la venia de Alejandro Rivas Vega, César Gutiérrez González, Efrén Mateo X y Fernando Camargo Ballesteros en contra de diversos actos y omisiones relacionadas con la selección interna de candidaturas a los cargos de diputaciones; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-031/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

Turno. Por razón de orden alfabético, se asume el expediente en que se actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, una vez que se dé cumplimiento al artículo 325 de la Ley Electoral se le asignará el expediente principal a la ponencia a su cargo.

SEGUNDO. Remítase junto con sus anexos al Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones, a la Comisión Nacional de Encuestas, todas del partido político Morena, así como al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua copia certificada del medio de impugnación para que la hagan del conocimiento público mediante cédula que se fije en los estrados durante el plazo de setenta y dos horas y de manera inmediata den aviso de su presentación correspondiente. Así mismo, para que, remitan el informe circunstanciado con las formalidades que marca la ley de la materia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

[1] En adelante, Ley Electoral

02_Recepción radicación circula y convoca privada JDC-031/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro[1]

VISTA la cuenta por la cual, la Secretaria General Provisional de este Tribunal remite a la ponencia el acuerdo suscrito por la Magistrada presienta de este órgano jurisdiccional así como el expediente en que se actúa, asimismo considerando el estado que guardan los autos del expediente en el que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 334 numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como los artículos 18, 19, fracción I; 32 fracción XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-031/2023, para los efectos legales a los que haya lugar.

SEGUNDO.  RADICACIÓN. Se radica el asunto para su sustanciación en esta ponencia.

TERCERO. PARTE ACTORA. Se reconoce a Efraín Rodelas Bustillos, César Omar Sánchez García y otros, el carácter de parte actora en el presente juicio, por su propio derecho y como aspirantes a las precandidaturas a la diputación federal de mayoría relativa por el IX distrito electoral federal, así como a la de representación proporcional de la circunscripción 1.

CUARTO. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el indicado en el escrito de impugnación y como autorizada para tal efecto a la persona mencionada en el mismo.

QUINTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. Se tiene al Comité Ejecutivo Nacional, la Comisión Nacional de Elecciones, la Comisión Nacional de Encuestas, todos del partido Morena, así como al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, como autoridades responsables, por así indicarlo los promoventes en su escrito de demanda y, al haberse presentado este de manera directa ante este Tribunal Electoral, les fue remitido a efecto de dar cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley.

 

SEXTO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de acuerdo plenario a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

SÈPTIMO. CONVOCATORIA. Se convoca a sesión privada de Pleno, que habrá de celebrarse a las doce horas del veintinueve de febrero, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFIQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe.

DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponden al año dos mil veintitrés.

04_Agréguese JDC-031/2024

Chihuahua, Chihuahua; a cinco de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Instructora de este Tribunal, de la cual se advierte la Cédula de Notificación Electrónica, firmada por Juan Emmanuel González Martínez, Actuario Regional adscrito a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; por la que, se notifica el Acuerdo de fecha cuatro de marzo de dos mil veinticuatro, firmado electrónicamente, dictado dentro del Expediente SG-CA-71/2024 de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; en relación con, el Expediente identificado con la clave JDC-031/2024 en el índice de este Tribunal; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y su Anexo.

 

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Agréguese JDC-031/2024

Chihuahua, Chihuahua; diecisiete de marzo de dos mil veinticuatro.

 

VISTA la cuenta que remite la Secretaría General a la Presidencia a través de la cual se adjunta oficio signado por Efrain Rodelas Bustillos en el que realiza diversas expresiones en relación al expediente SUP-AG-46/2024 y su acumulado, con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso e) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 32, fracción XIII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Agreguese copia certificada del documento de cuenta al presente expediente y al expediente de clave JDC-032/2024 de este órgano jurisdiccional por tener relación con ambos.

 

SEGUNDO. Remítase el original a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por guardar relación con el expediente SUP-AG-46/2024 y su acumulado.

TERCERO. Agreguese copia certificada del presente proveido en el expediente de clave JDC-032/2024 de este órgano jurisdiccional.

                                                                                                                                                 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. [1]

[1] Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

06_Recepción documentos JDC-031/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la cual se advierte el escrito de fecha veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro, signado por Efraín Rodelas Bustillos, Luis Fernando Camargo Ballesteros, César Gutiérrez González y otros; mediante el cual, promueven recurso de inejecución de sentencia dentro del expediente de clave JDC-031/2024, del índice de este Tribunal; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), 387 y 388 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, 98 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia.

SEGUNDO. Remítase la documentación original de cuenta a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, previa copia certificada que se agregue al expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Recepción documentos JDC-031/2024

Chihuahua, Chihuahua, a cinco de abril de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el escrito signado por Efraín Rodelas Bustillos y César Omar Sánchez García, por el que solicitan se remita a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicha documentación relativa al expediente de clave JDC-031/2024 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y su anexo.

 

SEGUNDO. En virtud del escrito presentado por la ciudadana de mérito, se advierte la solicitud de remisión del escrito del medio de impugnación a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que se ordena a la Secretaría General que emita copia certificada del escrito de cuenta para la integración a este expediente y envíe las originales y su anexo a dicha Sala para el trámite correspondiente.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por Efraín Rodelas Bustillos y César Omar Sánchez García,  quienes aducen contar con la venia de Alejandro Rivas Vega, César Gutiérrez González, Efrén Mateo X y Fernando Camargo Ballesteros en contra de diversos actos y omisiones relacionadas con la selección interna de candidaturas a los cargos de diputaciones