01_Forma registra y turno JDC-156/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de abril de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del informe circunstanciado con número de oficio IEE-SE-764/2024 signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mismo que remite escrito de demanda signado por Gabriela Guadalupe Reyes Arzate; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d),  y 330 numeral 1 inciso a)  de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-156/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa al  Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez para la sustanciación y resolución del mismo, en virtud del Acta de Sesión Privada de Pleno de este Tribunal, mediante la cual se determinaron las reglas para turnar los expedientes relativos al registro de candidaturas, con la finalidad de sustanciar y resolver de manera pronta y expedita los asuntos jurisdiccionales promovidos con el objeto de combatir los diversos acuerdos relativos al registro de candidaturas emitidos por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión JDC-156/2024

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

 

EXPEDIENTE: JDC-156/2024 Y ACUMULADO

 

PARTE ACTORA: GABRIELA GUADALUPE REYES ARZATE

 

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

 

MAGISTRADO PONENTE: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua; a veinte de abril de dos mil veinticuatro.[1]

VISTOS:

  1. Los acuerdos de dieciséis y diecinueve de abril, mediante los cuales la Presidencia de este Tribunal ordenó formar, registrar y turnar los expedientes de clave JDC-156/2024 y JDC-174/2024, respectivamente;
  2. Las constancias que integran el presente juicio; y
  3. El estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso f); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral 1, inciso d); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317, numeral 1, inciso d); 331, numeral 5; 365; 366, 367; 370, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[2]; y 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXX; 103, numeral 1; y 109, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[3], se

ACUERDA:

 

  1. Recepción. Se tienen por recibidos los expedientes de clave JDC-156/2024 y JDC-174/2024, para los efectos legales a que haya lugar.

 

  1. 2. Admisión. De una revisión preliminar de los escritos de impugnación, se advierte que las demandas cumplen con los requisitos generales que establece la Ley; por ello, se admiten los presentes Juicios de la ciudadanía.
  1. Acumulación. Del análisis del contenido de los escritos de demanda presentados, se advierte la identidad tanto en el contenido de estos, la pretensión aducida, el acto impugnado y autoridad responsable.

En ese orden de ideas y, a efecto de evitar sentencias contradictorias, resulta procedente acumular el expediente identificado con la clave JDC-174/2024, al diverso JDC-156/2024, al ser este el primero en recibirse en este Tribunal. Lo anterior, en términos de los artículos 343, numeral 1), 344, numeral 1) y 345, numeral 1) de la Ley.

En consecuencia, se solicita a la Secretaría General agregar copia certificada de este proveído, así como de la sentencia a los expedientes acumulados, y seguir el curso natural de las actuaciones subsecuentes, únicamente en dicho expediente principal.

  1. Actora. Se reconoce legitimación a Gabriela Guadalupe Reyes Arzate, quien acude por su propio derecho, en su calidad de aspirante a candidata a síndica del Ayuntamiento de Juárez, postulada por el partido México Republicano Chihuahua.
  1. Domicilio procesal y personas autorizadas. Se le tiene a la parte actora señalando para oír y recibir notificaciones, el domicilio mencionado en su escrito inicial de demanda, así como autorizadas para tales efectos a las personas indicadas en el mismo, y aunado a ello el correo electrónico para los mismos efectos. [4]
  1. Autoridad responsable. Vistas las constancias que remite la autoridad responsable, se le tienen por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley.
  2. Terceros Interesados. Del Informe Circunstanciado remitido por la autoridad responsable se advierte que no comparecieron terceros interesados en los presentes juicios.
  3. Instrucción. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.
  4. Pruebas ofrecidas por la parte actora.

9.1. JDC-156/2024

Documentales públicas consistentes en:

  1. Copia certificada de la credencial para votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral;
  2. Copia certificada del Título de Licenciatura en Odontología a nombre de la actora;
  3. Copia certificada del Certificado total de estudios de la Licenciatura en Odontología a nombre de la actora;
  4. Copia certificada de Escritura pública, respecto de un contrato de cesión de derechos;
  5. Copia certificada de Escritura pública, en la cual hace constar la constitución de la sociedad denominada Clínica Zona Dental S. de R.L. de C.V.;

Documentales privadas consistentes en:

  1. Copia simple de las actuaciones contenidas en la plataforma denominada “Sistema Estatal de Registro de Candidaturas del Instituto Estatal Electoral” (SERCIEE);
  2. Copia simple de los formatos de solicitud de registro de la candidatura a nombre de la actora;
  3. Copia simple de la resolución IEE-CE121-2024, de fecha 5 de abril del 2024;
  4. Copia simple de la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;
  5. Copia simple de Cedula de Identificación Fiscal a nombre de la actora.
  6. Copia simple referente al certificado que acredita la residencia en el municipio de Juárez por tres años, expedido por la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Ciudad Juárez Chihuahua, de fecha 2 de abril de 2024;
  7. Copia simple referente al certificado que acredita la residencia en el municipio de Juárez por seis meses, expedido por la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Ciudad Juárez Chihuahua, de fecha 22 de marzo de 2024;
  8. Copia simple, consistente en Certificación de Registro de Sindicato, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, de la Unión de Mujeres Empresarias de Juárez S.P.

Presuncion legal y humana e instrumental de actuaciones en todo lo que favorezca a la parte actora.

9.2. JDC-174/2024

Documentales privadas consistentes en:

  1. Copia certificada de la credencial para votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral;
  2. Copia simple de las actuaciones contenidas en la plataforma denominada “Sistema Estatal de Registro de Candidaturas del Instituto Estatal Electoral” (SERCIEE);
  3. Copia simple de los formatos de solicitud de registro de la candidatura a nombre de la actora;
  4. Copia simple de la resolución IEE-CE121-2024, de fecha 5 de abril del 2024;
  5. Copia simple de la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;
  6. Copia simple referente al certificado que acredita la residencia en el municipio de Juárez por tres años, expedido por la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Ciudad Juárez Chihuahua, de fecha 2 de abril de 2024;
  7. Copia simple referente al certificado que acredita la residencia en el municipio de Juárez por seis meses, expedido por la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Ciudad Juárez Chihuahua, de fecha 22 de marzo de 2024;
  8. Copia simple consistente en Certificación de Registro de Sindicato, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, de la Unión de Mujeres Empresarias de Juárez S.P.

Presuncion legal y humana e instrumental de actuaciones en todo lo que favorezca a la parte actora.

  1. Documentación remitida por la autoridad responsable misma que se encuentra descrita en las constancias de fechas quince y dieciséis de abril de los expedientes identificados con las claves JDC-174/2024 y JDC-156/2024.[5]
  2. Admisión y valoración probatoria

Por lo que corresponde a las documentales públicas, ofrecidas por la autoridad responsable como por la promovente, se tienen por admitidas y tendrán valor probatorio pleno, salvo prueba en contrario, en términos de los artículos 318, numeral 1) inciso a) y 323, numeral 1), inciso a) de la Ley.

Por lo que respecta a las pruebas documentales privadas ofrecidas por la actora, así como la instrumental de actuaciones y la presuncional en su doble aspecto, se tienen por admitidas, las cuales harán prueba plena cuando generen convicción sobre la veracidad de los hechos alegados, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 1) incisos a), c) y e) y 323, numeral 1, inciso b) de la Ley.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veinticuatro salvo precisión en contrario.

[2] En lo sucesivo, Ley.

[3] En adelante, Tribunal.

[4]  Consultable en las foja 09 de los expedientes JDC-156/2024 y JDC174/2024.

[5] Visible en fojas 439 a 440 del expediente JDC156/2024 y 395 a 397 del expediente JDC-174/2024.

03_Cierre y circula JDC-156/2024

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

 

EXPEDIENTE: JDC-156/2024 Y ACUMULADO

 

PARTE ACTORA: GABRIELA GUADALUPE REYES ARZATE

 

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

 

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

 

 

Chihuahua, Chihuahua a veinte de abril de dos mil veinticuatro.

 

VISTO el estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293 numerales 1) y 2), 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3) inciso f), 297, numeral 1, incisos b), d) y m), 303, numeral 1) inciso d), 308, numeral 1, incisos a) al h), 331 numeral 6, 365, numeral 1, incisos a) y b), 366, numeral 1, inciso g), 367 y 370 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXX; 103, numeral 8, 112 y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[1], se

ACUERDA:

 

  1. Cierre de instrucción. En vista que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular y, dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, se delcara cerrada la etapa de instrucción, y se dejan en estado de resolución los autos del expediente.

 

  1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante, Tribunal.

04_Convoca JDC-156/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinte de abril de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-156/2024 y acumulado JDC-174/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las once horas del domingo veintiuno de abril de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Recepción remisión JDC-156/2024 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de abril de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave IEE-SE-837/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la resolución del Consejo Estatal del Instituto de clave IEE/CE142/2024 en acatamiento a la sentencia dictada en el expediente JDC-156/2024 y acumulado del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia.

SEGUNDO. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora a cargo del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Agréguese circula y convoca JDC-156/2024 y acumulado

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

 

EXPEDIENTE: JDC-156/2024 Y ACUMULADO

PARTE ACTORA: GABRIELA GUADALUPE REYES ARZATE

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

 

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a primero de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTOS:

 

  1. La documentación recibida el veintitrés de abril ante este Tribunal consistente en treinta y siete fojas útiles, incluyendo certificación, de la resolución del Consejo Estatal de clave IEE/CE142/2024.
  1. La cuenta de veinticuatro de abril emitida por la Secretaría General Provisional de este órgano jurisdiccional.
  1. El acuerdo de Presidencia emitido el veinticinco de abril mediante el cual se tiene por recibida la documentación anterior y se turnan los autos del expediente a la ponencia instructora.

Con fundamento en el artículo 37, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 293, numerales 1 y 2; 295; y 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX y XX; y 32, párrafo primero fracciones VI, XVII y XXIX; 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[2], se

ACUERDA:

 

  1. Agreguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído a los autos del expediente en que se actúa, para los efectos legales conducentes.
  1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de acuerdo plenario a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

  1. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que en el término de ley convoque a Sesión Privada del Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante, todas las fechas corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención en contrario.

08_Convoca JDC-156/2024 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; dos de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-156/2024 y acumulado JDC-174/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que se llevará a cabo a las catorce horas con treinta minutos del viernes tres de mayo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante, todas las fechas corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención en contrario.

formulado con motivo
signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mismo que remite escrito de demanda signado por Gabriela Guadalupe Reyes Arzate