01_Forma y registra PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de diciembre del año dos mil veintitrés.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por partido Morena en contra de Olivia Franco Barragán, en su carácter de Síndica del Ayuntamiento de Chihuahua, Rogelio Loya Luna, Recaudador de rentas de Ciudad Juárez, Marisela Terrazas Muñoz, Diputada del Congreso del Estado, Carla Yamileth Rivas Martínez, titular de la Dirección de Desarrollo Humano en Chihuahua, Laura Patricia Contreras Duarte, Diputada del Congreso de la Unión, Marco Antonio Bonilla Mendoza, Presidente Municipal de Chihuahua, Luis Alberto Aguilar Lozoya, Diputado del Congreso del Estado, Ismael Mario Rodríguez Saldaña, Diputado del Congreso del Estado, María Eugenia Campos Galván, Gobernadora del Estado de Chihuahua, el Partido Acción Nacional y Mario Humberto Vázquez Robles, Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas del Gobierno del Estado de Chihuahua; por la probable comisión de conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y/o campaña, conductas previstas en los artículos 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 197, párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, 259, numeral 1), inciso a) y 263, numeral 1), inciso c) e i) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-167/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO. Derivado del volumen de las constancias recibidas, fórmense los tomos que sean necesarios a efecto de facilitar la integración y estudio del  expediente.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Verificación PES-167/2023

 

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro.

 

Visto el acuerdo de veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, en el que la Magistrada Presidenta remite a la Secretaría General el expediente en que se actúa a fin de informar a la Presidencia de este Tribunal la correcta integración e instrucción.

Con fundamento en los artículos 292, 293, numeral 1 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 32, fracciones XIV y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y de conformidad con los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador se

INFORMA:

 

ÚNICO. De la verificación realizada se observa que el sumario se encuentra integrado en términos del informe circunstanciado rendido por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y que ese órgano electoral cumplió con las etapas y formalidades relativas a la instrucción del procedimiento en que se actúa.

Lo anterior, de conformidad a lo establecido en los artículos 290 y 291, numeral 1 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, aunado al hecho de que no se advierte la necesidad de requerimiento alguno o de diligencias para mejor proveer.

Nohemí Gómez Gutiérrez

Secretaria General Provisional

03_Circula y convoca PES-167/2023

 

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro.

VISTO el informe de verificación emitido por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, del día de hoy, por el cual, se desprende que no se advierte la necesidad de realizar alguna otra diligencia en el presente asunto para resolverlo.

Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Estado de Resolución. Con arreglo al informe rendido por la Secretaría General, así como del estudio de los autos, al no advertirse la necesidad de realizar alguna otra diligencia, se declara que el presente expediente se encuentra en estado de resolución.

 

SEGUNDO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

TERCERO. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del veinticinco de enero, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFIQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Agregar documentos PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua, a veinticinco de enero de dos mil veinticuatro[1].

VISTOS

 

  1. La constancia levantada el día de hoy, por la cual funcionaria de este Tribunal, recibe documentación remitida por Damián Lemus Navarrete, Representante Propietario del PAN, ante el Consejo Estatal, mediante el cual remite en copia simple de la Resolución de clave IEE/04/2024 del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral del Procedimiento Ordinario Sancionador IEE-PSO-015/2023.
  1. La constancia del día de hoy, por la cual la Secretaria General Provisional de este Tribunal, da cuenta a la Magistrada Presidenta con diversa documentación recibida;

 

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 297, numeral 1, inciso m); 299, numeral 2, inciso u); 300, numeral 1, incisos a) y d) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracciones I y XX; 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido en esta ponencia la documentación indicada al rubro.

Al respecto, estese a lo acordado en el presente recibido el día de hoy.

SEGUNDO. AGREGÚESE. Agréguese a los autos del expediente en que se actúa la documentación.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

06_Presentación JE_PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua; primero de febrero de dos mil veinticuatro.

Visto el escrito presentado por Ismael Mario Rodríguez Saldaña, quien se ostenta como Diputado de la LXVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, mediante el cual interpone juicio electoral en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-167/2023; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el escrito y sus anexos y agréguese copia certificada de los mismos a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-048/2024 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaría General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Agregar documentos PES-167/2023

 

 

Chihuahua, Chihuahua; a dos de febrero de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaría General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-OA-247/2024 y sus anexos, signado  por  Jesús Armando Hernández Gameros,  Funcionario Habilitado con Fe Pública  del  Instituto  Estatal  Electoral  de Chihuahua,  mediante  notifica el acuerdo de fecha treinta y uno de enero de la presente anualidad, dictado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del  Instituto  Estatal  Electoral  de Chihuahua, dentro del expediente de clase IEE-PES-005/2023, con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso         a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el oficio de clave IEE-DJ-OA-247/2024 y su anexo, agréguese al expediente correspondiente para los efectos legales que haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

08_Remítase a ponencia PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua; siete de febrero de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación de los oficios OIC/DJI/076/2024 y OIC/DJI/077/2024, signados por Luis Eduardo Acosta Carera,  en su carácter de Titular de la Dirección Jurídica y de Investigaciones del Órgano Interno de Control del H. Congreso del Estado de Chihuahua; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tienen por recibidos los oficios de cuenta.

 

SEGUNDO. Remítase la documentación a la ponencia a mi cargo, por haber sido a quien correspondió instruir el expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Recepción y copias PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua, a ocho de febrero de dos mil veinticuatro[1].

 

VISTOS

 

  1. Las constancias de dos de febrero, por la cual, la funcionaria de este Tribunal, recibió documentación remitida por el Titular de la Dirección Jurídica y de investigaciones del Órgano Interno de Control del Congreso del Estado de Chihuahua.
  1. La constancias del día siete de febrero, por la cual, la Secretaria General Provisional de este Tribunal, da cuenta a la Magistrada Presidenta con la documentación recibida;

 

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 297, numeral 1, inciso m); 299, numeral 2, inciso u); 300, numeral 1, incisos a) y d) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracciones I y XX; 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta ponencia la documentación indicada al rubro así como el expediente de cuenta; misma que se ordena agregar a los autos del expediente PES-167/2023, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Copias certificadas. Expídanse copias certificadas de las constancias que integran el expediente en el que se actúa al Congreso del Estado con base a su petición.

TERCERO. Remite documentación. Se tiene al Órgano Interno de Control del Congreso del Estado, remitiendo documentación relacionada con lo ordenado en la sentencia de veinticinco de enero dictada por este Tribunal Electoral.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

10_Recepción cuadernillo PES-167/2023

Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte la notificación efectuada por Gerardo Guardado Ávila, Actuario de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, respectivamente, el acuerdo dictado el diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro por el Magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, Presidente de dicha Sala Regional, dentro del expediente identificado con la clave SG-JE-11/2024, vinculado con el diverso RAP-167/2023 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299,  numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, y los expedientes anexos, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente RAP-167/2023, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el C-048/2024, formado con motivo de la impugnación al expediente referido; previa copia certificada que se anexe al mismo.

TERCERO. Agréguese copia certificada del presente proveído, así como copia certificada de la documentación que obra en el cuadernillo correspondiente.

CUARTO. Archivo. Derivado de la notificación del acuerdo emitido dentro del expediente de clave SG-JE-11/2024, por medio del cual se hace la devolución del expediente de clave RAP-167/2023, archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo

formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por partido Morena en contra de Olivia Franco Barragán, en su carácter de Síndica del Ayuntamiento de Chihuahua, Rogelio Loya Luna, Recaudador de rentas de Ciudad Juárez, Marisela Terrazas Muñoz, Diputada del Congreso del Estado, Carla Yamileth Rivas Martínez, titular de la Dirección de Desarrollo Humano en Chihuahua, Laura Patricia Contreras Duarte, Diputada del Congreso de la Unión, Marco Antonio Bonilla Mendoza, Presidente Municipal de Chihuahua, Luis Alberto Aguilar Lozoya, Diputado del Congreso del Estado, Ismael Mario Rodríguez Saldaña, Diputado del Congreso del Estado, María Eugenia Campos Galván, Gobernadora del Estado de Chihuahua, el Partido Acción Nacional y Mario Humberto Vázquez Robles, Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas del Gobierno del Estado de Chihuahua; por la probable comisión de conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y/o campaña, conductas previstas en los artículos 134