01_Forma registra e informe JDC-176/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de abril de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador de clave IEE-PES-033/2024, promovido por el partido político Morena, por conducto de su representante ante la Asamblea Municipal de Guachochi, en contra de José Miguel Yañez Ronquillo, Silvia Caro Hernández, Roberto Arturo Medina Aguirre, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Demorcrática, por presuntas conductas que pudieran constituir actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recuros públicos; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-176/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Agréguese JDC-176/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diez de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave IEE-SE-960/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, dentro del expediente de clave IEE-PES-033/2024mediante el cual remite original de oficio de clave IEE-DJ-OA-564/2024, signado por Ana Laura Bustillos Álvarez, Secretaria de la Asamblea Municipal de Guachochi; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, agréguese al expediente de clave PES-176/2024, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Informe y turno JDC-176/2024

Chihuahua, Chihuahua; quince de mayo del dos mil veinticuatro.

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaria General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veintiuno de abril de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

 

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el acuerdo referido, se turna el presente expediente al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Radicación JDC-176/2024

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: PES-176/2024

 

DENUNCIANTE: PARTIDO POLÍTICO MORENA

 

DENUNCIADO: JOSÉ MIGUEL YÁÑEZ RONQUILLO Y OTROS[1]

 

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

 

 

 

Chihuahua, Chihuahua a quince de mayo de dos mil veinticuatro.

 

VISTOS

 

  1. La documentación descrita en la constancia emitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.
  1. 2. La constancia de esta misma fecha, por la que la Secretaria General Provisional de este Tribunal realizó la verificación en la integración del expediente.
  1. El acuerdo de idéntica fecha emitido por la Presidencia, por el que fue turnado a esta ponencia la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-176/2024.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[2], se

ACUERDA:

 

  1. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-176/2024.

 

  1. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Silvia Caro Hernández, Roberto Arturo Medina Aguirre, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática.

[2] En adelante, Tribunal.

05_Circula JDC-176/2024

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: PES-176/2024

 

DENUNCIANTE: PARTIDO POLÍTICO MORENA

 

DENUNCIADO: JOSÉ MIGUEL YÁÑEZ RONQUILLO Y OTROS[1]

 

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

 

 

Chihuahua, Chihuahua a dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.

 

VISTO el estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292, 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXIX; 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[2], se

ACUERDA:

 

  1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Silvia Caro Hernández, Roberto Arturo Medina Aguirre, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática.

[2] En adelante, Tribunal.

06_Convoca JDC-176/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-176/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del viernes diecisiete de mayo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por el partido político Morena, por conducto de su representante ante la Asamblea Municipal de Guachochi, en contra de José Miguel Yañez Ronquillo, Silvia Caro Hernández, Roberto Arturo Medina Aguirre, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Demorcrática, por presuntas conductas que pudieran constituir actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recuros públicos