Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro.
Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la que se advierte el Informe Circunstanciado formulado con motivo del Procedimiento Especial Sancionador incoado por el Partido Acción Nacional (PAN), por conducto de su representnte ante la Asamblea Municipal de Ojinaga; en contra de, Andrés Ramos de Anda, en su carácter de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ojinaga y Candidato por la reelección al mismo cargo; así como, en contra del Ayuntamiento de Ojinaga, de Eduardo Levario Gabaldón y Manuel Adán Andrew Contreras, en su carácter de funcionarios públicos del citado Ayuntamiento y encargados de la administración de la página “Presidencia Municipal Ojinaga 2021-2024” por presuntas conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña; asimismo, en contra del Partido Revolucionario Institucional por la figura de culpa in vigilando; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-177/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a remitir el expediente para la revisión y resolución del Procedimiento Especial Sancionador por el Magistrado Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.