01_Forma registra y turna PMC-027/2022

Chihuahua, Chihuahua; a ocho de agosto de dos mil veintidós.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte que la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral Yanko Durán Prieto, envía el Procedimiento en Contra de Medidas Cautelares, según lo manifestado en su informe circunstanciado, promovido por Juan Carlos Loera de la Rosa, en su carácter de Delegado de Programas para el Desarrollo en el Estado de Chihuahua, en contra del acuerdo de catorce de julio, emitido por la Consejera Presidenta dentro del procedimiento especial sancionador IEE-PES-008/2022 y acumulados IEE-PES-009/2022, IEE-PES-010/2022, IEE-PES-011/2022 e IEE-PES-012/2022; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso x) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; así como los numerales V y VI, así como lo establecido en el ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LAS REGLAS RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN QUE SE PRESENTEN CON MOTIVO DEL DESECHAMIENTO DE LAS DENUNCIAS FORMULADAS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, ASÍ COMO DE AQUELLOS QUE GUARDEN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS DENTRO DEL MISMO, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave PMC-027/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Julio César Merino Enríquez, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-008/2022 y acumulados IEE-PES-009/2022, IEE-PES-010/2022, IEE-PES-011/2022 e IEE-PES-012/2022 mismo que de acuerdo al pre turno asignado, será turnado a su ponencia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión PMC-027/2022

PROCEDIMIENTO EN CONTRA DE MEDIDAS CAUTELARES

EXPEDIENTE: PMC-27/2022

ACTOR: JUAN CARLOS LOERA DE LA ROSA

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

MAGISTRADO INSTRUCTOR: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de agosto de dos mil veintidós.[1]

VISTOS:

  1. La cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal de cinco de agosto, por medio de la cual hace llegar a esta ponencia el oficio de clave IEE-P-278/2022, mediante el cual se remite el informe circunstanciado emitido por la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, [2] así como las demás actuaciones del expediente; y
  1. El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numerales 1, inciso a), 2 y 3, inciso c); 297, numeral 1, incisos a), b), d) y m); 308, numeral 1; 317, numeral 1, inciso d); 325 numeral 1; 330, numeral 1, inciso b); 331, numerales 5 y 6, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; artículo 18, 19 fracción I, 27, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones III, XVI y XVII; 103 y 109, numeral 1, 112 y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como PRIMERO, TERCERO, CUARTO, NOVENO y DÉCIMO del Acuerdo General del Pleno del Tribunal Estatal Electoral TEE-AG-02/2016, por el que se aprobaron las reglas relativas a la tramitación, sustanciación y resolución de los medios de impugnación presentados con motivo de la improcedencia de medidas cautelares de un procedimiento especial sancionador, así como de las medidas cautelares adoptadas en el mismo, se

ACUERDA:

  1. AGRÉGUESE la documentación descrita en el presente proveído a los autos del expediente en que se actúa.
  1. ACTOR. Se reconoce legitimación a Juan Carlos Loera de la Rosa, en su calidad de denunciado dentro del procedimiento especial sancionador de clave IEE-PES-008/2022 y acumulados.

 

Toda vez que el actor no señaló domicilio para oír y recibir notificaciones, obra en autos el ubicado en Avenida Carlos Pacheco, número 1205 (mil doscientos cinco) de la Colonia Obrera de esta ciudad de Chihuahua, Chihuahua, así como autorizadas a las personas señaladas en su escrito inicial.

  1. AUTORIDAD RESPONSABLE. En atención al informe circunstanciado remitido por la Presidencia del Instituto, se le tiene por cumplida la obligación que le impone la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.
  1. TERCERO INTERESADO.Como se advierte de la Constancia de Retiro de Publicación del Medio de Impugnación, compareció como tercera interesada Leticia Irene Salinas Quintana, parte actora en el procedimiento primigenio.

Al respecto se le tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Avenida Francisco Zarco número 2437 (dos mil cuatrocientos treinta y siete) de la Colonia Jardines del Santuario de esta ciudad de Chihuahua, Chihuahua, así como autorizadas a las personas señaladas en su escrito.

  1. ADMISIÓN. En virtud de que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua para el efecto, se admite el presente procedimiento en contra de las medidas cautelares dictadas por el Consejo Estatal del Instituto.
  1. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales conducentes.
  1. PRUEBAS OFRECIDAS POR EL ACTOR. El actor no presentó pruebas en su escrito de impugnación.
  1. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En vista que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular y, dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la etapa de instrucción, y se deja en estado de resolución los autos del expediente.
  1. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada y Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. CONVOCATORIA Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintidós, salvo mención expresa en contrario.

[2] En adelante, Instituto.

03_Convoca PMC-027/2022

Chihuahua, Chihuahua; nueve de agosto de dos mil veintidós.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PMC-027/2022, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del miércoles diez de agosto del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. DOY FE.

05_Agréguese documentos PMC-027/2022

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de agosto de dos mil veintidós.

 

Vista la cuenta de quince de agosto remitida por el Secretario General de este Tribunal a la suscrita Magistrada Presidenta, mediante la cual se hace constar la presentación del escrito signado por Jesús Armando Hernández Gameros, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por

Juan Carlos Loera de la Rosa

, en su carácter de Delegado de Programas para el Desarrollo en el Estado de Chihuahua, en contra del acuerdo de catorce de julio, emitido por la Consejera Presidenta dentro del procedimiento especial sancionador

IEE-PES-008/2022 y acumulados IEE-PES-009/2022, IEE-PES-010/2022, IEE-PES-011/2022 e IEE-PES-012/2022