Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de agosto de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado presentado por Yanko Durán Prieto, en su calidad de Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al medio de impugnación promovido por Nicolás Rodríguez Torres, en su carácter de representante suplente del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Estatal, por el que interpone recurso de apelación en contra de la resolución IEE/CE96/2023, emitida por el referido Consejo, mediante el cual se aprobó la realización de la consulta previa, abierta e informada a las personas con discapacidad en materia de acciones afirmativas para la postulación y registro de candidaturas de elección popular a cargos locales, así como la integración de asambleas municipales y distritales auxiliares en el Estado de Chihuahua y su protocolo; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso e) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-048/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.