Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de agosto de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Consejero Presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Víctor Yuri Zapata Leos, relativo al medio de impugnación promovido por Román Alcantar Alvídrez, por su propio derecho y en su carácter de representante propietario del partido Morena ante el Consejo Estatal, por el que interpone medio de impugnación en contra del acuerdo de nueve de agosto dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto dentro del expediente IEE-PES-005/2023, mediante el cual se declararon improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el actor dentro del referido expediente; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), 350 numeral 1, inciso d), 381 bis numeral 1 inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, lo establecido en el acta de Sesión privada de veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, se:
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-046/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Se asume el expediente en que se actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-005/2023, de acuerdo al pre turno asignado.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.