01_Forma registra y turno REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua; nueve de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Arturo Muñoz Aguirre, relativo al medio de impugnación promovido por Ruth Selene Arvizo Huitron, en su carácter de representante propietaria el partido Morena ante la Asamblea Municipal Cuauhtémoc de este Instituto, mediante el cual interpone una demanda de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, en contra del acuerdo de dos de mayo dictado por el suscrito en el expediente IEE-PES-079/2024 del índice del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), 350 numeral 1, inciso d), 381 bis numeral 1 inciso a),  de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, lo establecido en el acta de Sesión privada de veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, se:

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-186/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa por el Magistrado Hugo Molina Martinez para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-079/2024, de acuerdo al pre turno asignado.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción circula REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTO el acuerdo dictado el nueve de mayo por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, en el cual se ordena formar y registrar el expediente de clave REP-186/2024, referente al recurso de revisión del procedimiento especial sancionador promovido contra el acuerdo por el que se desechó la denuncia, dictado por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, del expediente IEE-PES-079/2024; así como, el turno a esta ponencia del medio de impugnación aludido, para efectos de la correspondiente sustanciación y resolución.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numeral 1; 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso g); 308; 317; 330; 331, numeral 5; 381 BIS, numeral 1), inciso b) y 381 TER, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia el expediente señalado en la cuenta, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO.  Parte actora. Se reconoce legitimación al partido político Morena, para promover el presente recurso, conforme al artículo 360, numeral 1), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, personería a Ruth Selene Arvizo Huitrón, en su carácter de representante propietaria del partido político Morena ante la Asamblea Municipal de Cuauhtémoc del Instituto Estatal Electoral, toda vez que dicha calidad se precisa en el informe circunstanciado que rinde la autoridad responsable.

TERCERO.  Domicilio Procesal. Se tiene como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el señalado en el escrito del medio de impugnación y autorizando para tales efectos a las personas que menciona en el mismo.

CUARTO.  Autoridad responsable. Se tienen por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, a la autoridad responsable, toda vez que remite Informe Circunstanciado que se ajusta a la ley.

QUINTO.  Tercero interesado. De acuerdo con el informe circunstanciado y las constancias que obran en el expediente, no compareció tercero interesado alguno.

SEXTO.  Admisión. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se admite el recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador promovido por el partido Morena.

SÉPTIMO.  Instrucción. Se ordena abrir Instrucción y se tiene al actor ofreciendo las pruebas siguientes:

  1. Instrumental de actuaciones, y
  2. Presuncional legal y humana.

Mismas que se admiten y serán valoradas en el momento procesal oportuno.

OCTAVO. Cierre Instrucción. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

NOVENO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada Presidenta y Magistrado que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

DÉCIMO. Convoca. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno para la discusión y resolución del presente asunto.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponderán al dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

03_Convoca REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave REP-186/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del viernes veinticuatro de mayo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

05_Agréguese REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro.

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-SE-1155/2024; signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave REP-186/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u),  de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracción XIV y 32 fracción VI, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tienen por recibidos los oficios de cuenta y sus anexos en copias simples.

 

SEGUNDO. Agréguese. Agréguese la documentación a los autos del expediente REP-186/2024.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Remisión REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua; seis de junio de dos mil veinticuatro

 

 

Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-DJ-OA-2038/2024; signado por Raúl Alejandro Pando Porras, funcionario habilitado con fe publica del Instituto estatal Electoral, a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave IEE-PES-079/2024; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Remítase el expediente en que se actúa, junto con la documentación de cuenta a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, toda vez que fue el Instructor del presente asunto, para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Glosa remisión REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua, a seis de junio de dos mil veinticuatro.[1]

 

VISTOS 1. La constancia del veintiocho de mayo, mediante la cual se remite el oficio de clave IEE-SE-1155/2024, presentado por el Secretario Ejecutivo del Instituto, relativo a la notificación realizada por la Asamblea Municipal de Cuauhtémoc. 2. La cuenta emitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal y el acuerdo emitido por la Magistrada Presidenta, ambos del veintinueve de mayo, por el que se tuvieron por recibidos los oficios de cuenta y sus anexos, además se agregó la documentación a los autos del expediente en que se actúa. 3. La constancia del cinco de junio, a través de la cual se precisa la documentación presentada por Raúl Alejandro Pando Porras, funcionario habilitado con fe pública mediante oficio de clave IEE-DJ-OA-2038/2024, relacionado con la notificación del acuerdo del dos de junio, dictado por el Secretario Ejecutivo del Instituto, dentro del expediente de clave IEE-PES-079/2024. 4. La cuenta del seis de junio y el acuerdo de misma fecha en el que se tuvo por recibida la documentación referida y se remite el expediente a esta ponencia.

 

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa. Agréguese a los autos la documentación descrita en el presente acuerdo, para los efectos que haya lugar.

SEGUNDO. Remisión. Remítase el expediente en el que se actúa a la Secretaría General de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponderán al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

08_Agréguese REP-186/2024

Chihuahua, Chihuahua; quince de julio de dos mil veinticuatro.

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-DJ-OA-2784/2024; signado por Omar Eduardo López Villlalobos, Funcionario Habilitado con Fe Publica, a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave REP-186/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u),  de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracción XIV y 32 fracción VI, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tienen por recibidos los oficios de cuenta y sus anexos en copias simples.

 

SEGUNDO. Agréguese. Agréguese la documentación a los autos del expediente REP-186/2024.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por Ruth Selene Arvizo Huitron, en su carácter de representante propietaria el partido Morena ante la Asamblea Municipal Cuauhtémoc de este Instituto, mediante el cual interpone una demanda de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, en contra del acuerdo de dos de mayo dictado por el suscrito en el expediente IEE-PES-079/2024 del índice del Instituto Estatal Electoral