Chihuahua, Chihuahua; nueve de mayo de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Arturo Muñoz Aguirre, relativo al medio de impugnación promovido por Ruth Selene Arvizo Huitron, en su carácter de representante propietaria el partido Morena ante la Asamblea Municipal Cuauhtémoc de este Instituto, mediante el cual interpone una demanda de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, en contra del acuerdo de dos de mayo dictado por el suscrito en el expediente IEE-PES-079/2024 del índice del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), 350 numeral 1, inciso d), 381 bis numeral 1 inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, lo establecido en el acta de Sesión privada de veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, se:
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-186/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa por el Magistrado Hugo Molina Martinez para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-079/2024, de acuerdo al pre turno asignado.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.