El Pleno del TEE resolvió inconformidades en relación con el Proyecto Plataforma y/o Torre Centinela.
En el Juicio de la ciudadanía de clave JDC-17/2023, se impugnó la resolución del Consejo Estatal del IEE, relativa a la solicitud de inicio del instrumento de participación social denominado “Consulta Pública”; al respecto este órgano jurisdiccional determinó que carece de competencia material para resolver dicho medio de impugnación, porque la controversia planteada no se encuentra en el ámbito de la materia electoral debido a que las consultas públicas son mecanismos de participación social y tienen por objeto que la sociedad de una determinada demarcación territorial emita una opinión, comentario, y/o propuesta en relación con una temática de interés general para la población y que sus resultados no son vinculantes para la autoridad estatal o municipal implicada a diferencia de los mecanismos de participación política, como el referéndum, revocación de mandato o plebiscito, los cuales están relacionados con la democracia representativa mediante el sufragio universal, personal, libre, directo y secreto.
Por otro lado, en el expediente JDC-18/2023, diversos ciudadanos se inconformaron con la negativa del IEE de declarar procedente su solicitud de Plebiscito, en la cual, se pretendía fuera realizada respecto al proyecto denominado “Torre y/o Plataforma Centinela”.
En este caso, el Tribunal Electoral en plenitud de jurisdicción analizó la procedencia de la consulta a plebiscito del mencionado proyecto y con independencia de los agravios alegados por el actor, estimó que la solicitud es improcedente debido a que, se trataba de un proyecto relacionado con la seguridad pública, la cual, es un derecho de los Chihuahuenses así como contar con la protección por parte del Estado para vivir en un entorno pacífico y seguro, conforme a lo dispuesto por la Constitución local así como la federal.
Finalmente, en el Recurso de Apelación de clave RAP-10/2023, el partido Morena impugnó el procedimiento mediante el cual el IEE solicitó le reintegrara su financiamiento público del año 2020 que no fue ejercido, ante ello, el Pleno del TEE, desestimó sus planteamientos y confirmó la determinación emitida por el Instituto Electoral.