01_Forma registra y turno JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; trece de marzo de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, promovido por Héctor Tomas Chávez Durán, en su calidad de aspirante a presidente del municipio de Hidalgo del Parral, en contra de diversos actos y omisiones relacionadas con la selección interna de candidatura al cargo de presidente municipal; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-057/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

Turno. Por razón de orden alfabético, se turna el expediente en que se actúa al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, procédase a dar cumplimiento al artículo 325 de la Ley Electoral.

 

SEGUNDO. Remítase junto con sus anexos al Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones y a la Comisión Nacional de Encuestas, todas del partido político Morena, copia certificada del medio de impugnación para que la hagan del conocimiento público mediante cédula que se fije en los estrados durante el plazo de setenta y dos horas y de manera inmediata den aviso de su presentación correspondiente. Así mismo, para que, remitan el informe circunstanciado con las formalidades que marca la ley de la materia.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante, Ley Electoral

02_Recepción y circula JDC-057/2024

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: JDC-57/2024

ACTOR: HÉCTOR TOMÁS CHÁVEZ DURÁN

AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DE MORENA Y OTROS.

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a quince de marzo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTO El acuerdo de trece de marzo, emitido por la presidencia de este Tribunal, mediante el cual ordena:

  1. Se forme y registre el expediente de clave JDC-57/2024, referente al medio de impugnación presentado por Héctor Tomás Chávez Durán; y
  2. El turno a esta ponencia del medio de impugnación aludido, se

 

ACUERDA:

 

  1. Recepción. Se tiene por recibido el expediente de clave JDC-057/2024, para los efectos legales conducentes.
  1. Parte actora. Se tiene a Héctor Tomás Chávez Durán compareciendo en su carácter de aspirante a presidente municipal de Hidalgo de Parral.
  1. Domicilio procesal y personas autorizadas. Se le tiene a la parte actora señalando para oír y recibir notificaciones, el domicilio plasmado en su escrito inicial de demanda.[2]

 

  1. Circulación del proyecto de acuerdo plenario. Toda vez que, del análisis del escrito del medio impugnación, se advierte la necesidad de determinar cuál es el órgano competente para conocer y resolver el medio de impugnación; remítase a la Secretaría General, junto con el expediente, el proyecto de acuerdo plenario elaborado por esta Ponencia, con propuesta de reencauzamiento a la autoridad competente, para los efectos legales correspondientes; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de la que realiza la propuesta.
  1. Convocatoria a sesión privada del pleno. Se solicita a la presidencia de este Tribunal, que se convoque al Pleno a sesión privada, para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

[2] Visible en la foja 001 del expediente.

03_Convoca JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; quince de marzo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-057/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que habrá de celebrarse a las diecinueve horas del viernes quince de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Agréguese JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio de clave IEE-SE-458/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, anexa diversa documentación a requerimiento ordenado por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en la sentencia dictada dentro del expediente JDC-057/2024; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y sus anexos, agréguese al expediente de merito para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Remisión de documentos JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua, a uno de abril de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal de la fecha en que se actúa, mediante la cual se hace constar la recepción de la siguiente documentación: 1. Cédula de publicación signada por Luis Eurípides Alejandro Flores Pacheco, Coordinador Jurídico del Comité Ejecutivo Nacional; 2. Cédula de retiro signada por Luis Eurípides Alejandro Flores Pacheco, Coordinador Jurídico del Comité Ejecutivo Nacional; 3. Copia simple de Poder General para Pleitos y Cobranzas a nombre de Luis Eurípides Alejandro Flores Pacheco; 4. Acuerdo mediante el cual se designa representación legal de la Comisión Nacional de Elecciones ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales; y 5. Captura de pantalla de envío de correo electrónico. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2, incisos e) y u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 26, fracciones VI y XIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tienen por recibidos los escritos de cuenta.

 

SEGUNDO. En atención a lo acordado en el punto de acuerdo TERCERO del Acuerdo de Pleno del quince de marzo del año en curso dictado en el expediente en que se actúa, se ordena remitir los escritos de cuenta a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político Morena, previa copia certificada que de los mismos se deje en autos; ello, a fin de que dicha Comisión cumpla con lo ordenado en el mismo, en particular para pronunciarse acerca del asunto que se pone a su conocimiento en un plazo máximo de cinco días, contados a partir de la recepción de la totalidad de la documentación ahí precisada.

 

TERCERO. Remitase de nueva cuenta a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia copia certificada del Acuerdo de Pleno del quince de marzo del año en curso, así como del medio de impugnación.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Ir a Cuadernillos Incidentales
formulado con motivo

promovido por Héctor Tomas Chávez Durán, en su calidad de aspirante a presidente del municipio de Hidalgo del Parral, en contra de diversos actos y omisiones relacionadas con la selección interna de candidatura al cargo de presidente municipal; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

Cuadernillos Incidentales

01_Forma y registra CI-010/2024_JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; cinco de abril de dos mil veinticuatro.

De cumplimiento con el acuerdo Plenario de fecha cuatro de abril de dos mil veinticuatro, recaído al expediente de clave JDC-057/2024, mediante el cual, se instruye a la Secretaria General de cumplimiento a lo establecido en el punto de acuerdo quinto del mismo; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), 387 y 388 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, 98 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se agregan las constancias certificadas de fecha primero de abril de la presente anualidad, descritas en el punto del acuerdo plenario del expediente de clave JDC-057/2024.

 

SEGUNDO. Fórmese y regístrese el Cuadernillo Incidental con la clave y nombre del actor como se describe a continuación:

Número de Cuadernillo Incidental Parte actora
C.I-010/2024-JDC-057/2024 Héctor Tomás Chávez Durán

TERCERO. Se remite el cuadernillo incidental de mérito al Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para la sustanciación y resolución de éste, al tener relación con el expediente de clave JDC-057/2024, mismo que le fue turnado para el mismo efecto a su ponencia.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Radicación CI-010/2024 y JDC-057/2024

INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: C.I-010/2024-JDC-057/2024

ACTOR INCIDENTISTA: HÉCTOR TOMÁS CHÁVEZ DURÁN

AUTORIDADES RESPONSABLES: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA Y OTRAS.

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a seis de abril de dos mil veinticuatro.[1]

VISTA la cuenta suscrita por la Secretaria General en Funciones así como el acuerdo de la Magistrada Presidenta por el cual, se remite el presente asunto al tener relación con el expediente JDC-057/2024 que fue turnado a esta ponencia.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero, y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1), inciso g); 293, numerales 1) y 2); 295, numeral 1), inciso a) y numeral 3) inciso f); 297, 387 y 389 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracciones I, y V, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave de cuadernillo incidental, para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Se radica el presente incidente en la ponencia del Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez.

TERCERO. Se tiene como actor incidentista a Héctor Tomás Chávez Durán, aspirante a presidente municipal de Hidalgo de Parral.

CUARTO. Se le tiene al actor incidentista señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos, el indicado en su escrito.

QUINTO. Se tiene como autoridades responsables obligadas a dar cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo plenario, dictado en el juicio principal de quince de marzo a las siguientes:

  1. Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político Morena.
  2. Comité Ejecutivo Nacional del partido político Morena.
  3. Comisión Nacional de Elecciones del partido político de Morena.
  4. Comisión Nacional de Encuestas del partido político de Morena.

SEXTO. Toda vez que obra en el expediente principal JDC-057/2024, copia certificada del informe circunstanciado del Comité Ejecutivo Nacional, Comité Nacional de Elecciones y Comisión Nacional de Encuesta, todos de Morena, signado por Luis Eurípides Alejandro Flores Pacheco, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal que remita copia certificada del escrito incidental a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de dicho partido político, para que, dentro del plazo de dos días contados a partir de la notificación del presente acuerdo:

  1. Manifieste lo que a su Derecho convenga respecto a las omisiones señaladas por el promovente;
  2. Informe sobre el cumplimiento al acuerdo plenario del quince de marzo dictado en el expediente de clave JDC-057/2024 del índice de este Tribunal; y
  3. Remita a este Tribunal Electoral copia certificada de las actuaciones que han llevado a cabo relacionadas con lo ordenado en el acuerdo referido en el numeral anterior.

SÉPTIMO. Se apercibe a la autoridad requerida en el punto de acuerdo que antecede, que en caso de incumplir se le aplicará una de las medidas de apremio previstas en el artículo 346 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

OCTAVO. Se solicita al Instituto Estatal Electoral que, en auxilio de las labores de este Tribunal, notifique personalmente al actor a través de la Asamblea Municipal de Hidalgo del Parral, debiendo comunicar su realización a este Tribunal dentro de las veinticuatro horas siguientes a que esto ocurra.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírezante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

03_Agréguese CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; a once de abril de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio de clave IEE-SE-550/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite copia certificada de la cedula de notificación a Héctor Tomás Chávez Durán de clave IEE-DJ-N-1286/2024 en cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo incidental de seis de abril de la presente anualidad; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, agréguese al cuadernillo incidental de clave C.I-010/2024-JDC-057/2024 para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Cumplimiento CI-010/2024 y JDC-057/2024

INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: C.I-010/2024-JDC-057/2024

ACTOR INCIDENTISTA: HÉCTOR TOMÁS CHÁVEZ DURÁN

AUTORIDADES RESPONSABLES: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA Y OTRAS.

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a doce de abril de dos mil veinticuatro.[1]

VISTA la constancia y cuentas de la Secretaría General Provisional, mediante las cuales hace constar la recepción de correo electrónico y documentos anexos, así como la recepción física de documentos, todos ellos relacionados con el cumplimiento al requerimiento formulado por el magistrado instructor el seis de abril.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero, y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1), inciso g); 293, numerales 1) y 2); 295, numeral 1), inciso a) y numeral 3) inciso f); 297, 387 y 389 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracciones I, y V, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de cuenta, misma que se ordena agregar a autos para que se obre como en Derecho corresponda.

 

SEGUNDO. Se tiene a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político Morena, dando cumplimiento al requerimiento formulado mediante acuerdo del seis de abril, por lo cual se deja sin efectos el apercibimiento decretado en el mismo.

TERCERO. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal que, con copia simple de la documentación de cuenta, dé vista al actor incidentista en el domicilio señalado para tales efectos, para que dentro de un término de tres días contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se apercibe al actor incidentista que, de no atender la vista en el plazo señalado, se resolverá el presente incidente con lo que obre en autos.

QUINTO. Se solicita al Instituto Estatal Electoral que, en auxilio de las labores de este Tribunal, notifique personalmente al actor a través de la Asamblea Municipal de Hidalgo del Parral, debiendo comunicar su realización a este Tribunal dentro de las veinticuatro horas siguientes a que esto ocurra.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro,c salvo mención expresa en contrario.

05_Cierre y circula CI-010/2024 y JDC-057/2024

INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: C.I-10/2024-JDC-057/2024

ACTOR INCIDENTISTA: HÉCTOR TOMÁS CHÁVEZ DURÁN

AUTORIDADES RESPONSABLES: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA Y OTRAS

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a veintinueve de abril de dos mil veinticuatro.[1]

VISTO el estado procesal que guarda el presente expediente.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso b); 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, incisos b), d) y m), 299 numeral 2), inciso u) y 387 numeral 5) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18, 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX, 32 fracciones I, III, XVI, XVII, y XXX, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

  1. Contestación a vista. Se le tiene a Héctor Tomás Chávez Durán dando contestación a la vista formulada mediante acuerdo dictado el doce de abril dentro del presente expediente.
  1. Circulación del proyecto de acuerdo plenario. Toda vez que se estima que no existen más diligencias por realizar, se instruye a la Secretaría General de este Tribunal entregar copia de proyecto de acuerdo plenario a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria a sesión privada del pleno. Se solicita a la Presidencia de este Tribunal, que se convoque al Pleno a sesión privada, para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

06_Convoca CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de abril de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave C.I-10/2024-JDC-057/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que se llevará a cabo a las quince horas del martes treinta de abril de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Agréguese CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; a tres de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio de clave IEE-SE-904/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite copia certificada de la cedula de notificación a Héctor Tomás Chávez Durán de clave IEE-DJ-N-1874/2024 en cumplimiento a lo ordenado en el Incidente de Incumplimiento de Sentencia de fecha treinta de abril; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, agréguese al cuadernillo incidental de clave C.I-010/2024-JDC-057/2024 para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Recepción circula CI-010/2024 y JDC-057/2024

INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: C.I-010/2024-JDC-057/2024

ACTOR INCIDENTISTA: HÉCTOR TOMÁS CHÁVEZ DURÁN

AUTORIDADES RESPONSABLES: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA Y OTRAS.

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a ocho de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTA la constancia y cuenta de la Secretaría General Provisional, mediante la cual se hace constar la recepción de escrito signado por Héctor Tomás Chávez Durán.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero, y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1), inciso g); 293, numerales 1) y 2); 295, numeral 1), inciso a) y numeral 3) inciso f); y 297, numeral 1), incisos b), d) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como, 18; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

  1. Recepción de escrito. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, mismo que se ordena agregar a autos para que se obre como en Derecho corresponda.

 

  1. Circulación del proyecto de acuerdo plenario. Remítase a la Secretaria General de este Tribunal el proyecto de acuerdo plenario, así como el cuadernillo en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria a sesión privada de pleno. Se solicita a la Presidencia de este Tribunal, que se convoque al Pleno a sesión privada, para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

09_Convoca CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; ocho de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave C.I-10/2024-JDC-057/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que se llevará a cabo a las doce horas con treinta minutos del jueves nueve de mayo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

11_Presentación CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; diez de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el escrito presentado por Héctor Tomás Chávez Durán, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra del acuerdo plenario dictado por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave C.l.-10/2024-JDC-057/2024; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el escrito y sus anexos y agréguese copia certificada de los mismos a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-196/2024 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaría General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

12_Agréguese CI-010/2024 y JDC-057/2024

Chihuahua, Chihuahua; a trece de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista las cuentas que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave IEE-SE-979/2024, signado por Arturo Muñoz Aguire, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, así como el oficio de clave CNHJ-SP-688/2024, signado por Grecia Arlette Velázquez Álvarez, Secretaria de Ponencia 5 de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, agréguese al expediente de clave C.I-010/2024-JDC-057/2024, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.