formulado con motivo

Finalmente, dado que en la presente sentencia se dio un cambio de vía de REP a juicio electoral, lo procedente es que la Secretaría General aperture el respectivo juicio electoral con las constancias originales que obran en autos, debiendo integrar y registrar, en el Libro de Gobierno, el nuevo expediente como juicio electoral.

Sentencia JE-059/2023