Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por Arturo Muñoz Aguirre en su carácter de Secretario Técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Recurso de Apelación promovido por Armando Ruíz Acosta, en su carácter de representante del Partido Revolucionario Institucional, en contra del acuerdo dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral dentro del expediente IEE-PES-032/2023, mediante el cual se declararon improcedentes las medidas cautelares solicitadas; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), 299, numeral 2), inciso u) y 303, inciso b), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción I y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-164/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Se asume el expediente en que actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el expediente IEE-PES 023/2023, que le fue preturnado.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.